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Leyes y Reglamentos

Ley Núm. 251 (2015) “Enmiendas a la ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico”

A los fines de que los trabajadores en Puerto Rico, cubiertos por esta Ley, puedan disponer de hasta un máximo de cinco (5) días acumulados en su licencia por enfermedad para atender situaciones de enfermedad o relacionadas al tratamiento y convalecencia de éstas, de sus hijos, cónyuges y de personas de edad avanzada o con impedimentos, bajo su cuidado o tutela; y para otros fines.

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