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Leyes y Reglamentos

Ley Número 180 (1998) – ART. 8: Reglamento Número 13

El propósito de este Reglamento es definir los términos “Administrador”, “Ejecutivo” y “Profesional”, según se aplicaran a aquellos empleados que ocupen cargos o realicen las funciones descritas en cada definición, conforme a lo dispuesto por el inciso (b) del Artículo 8 de la Ley Número 180 de 27 de julio de 1998, según enmendada, Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico.

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